
Reforma clave fortalece la fiscalización sanitaria y facilita el acceso al agua para viviendas sociales
Tras culminar su tramitación legislativa y cumplir con el control del Tribunal Constitucional, hoy se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.814, que moderniza el marco normativo de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS). La nueva legislación introduce cambios estructurales orientados a fortalecer la capacidad fiscalizadora del Estado y derribar barreras administrativas que dificultaban el acceso a servicios básicos en proyectos de interés público.
La normativa reorganiza el sistema de infracciones en tres categorías: gravísimas (hasta 10.000 UTA), graves (hasta 5.000 UTA) y leves (hasta 500 UTA). Para determinar la gravedad en casos de interrupción del suministro, la ley establece criterios técnicos objetivos como el número de clientes afectados, el tamaño de la localidad y la duración de la afectación. En este contexto, se considerarán gravísimas aquellas interrupciones que superen las 36 horas y afecten a una parte significativa de la población.
La nueva ley también otorga una nueva facultad preventiva a la SiSS, que le permite instruir la ejecución de obras. El superintendente de Servicios Sanitarios, Jorge Rivas destacó este hecho: «Esta ley nos permite instruir la inclusión de obras específicas en los programas de desarrollo de las empresas ante riesgos inminentes de incumplimiento. Ya no solo sancionamos el hecho consumado; ahora tenemos la facultad de exigir soluciones técnicas para precaver incidencias que afecten a la ciudadanía».
Claves y trascendencia histórica de la reforma
La entrada en vigencia de esta ley marca un punto de inflexión en la gestión del agua potable y el saneamiento en Chile, destacando los siguientes pilares:
- Hito histórico en regulación: Representa la actualización más profunda de la normativa sanitaria en décadas, otorgando al Estado herramientas modernas para enfrentar los desafíos sociales y climáticos actuales.
- Fin a las barreras para la vivienda social: Se termina con una traba histórica al obligar a las empresas a otorgar factibilidad en una franja de 200 metros para proyectos de interés público. Esto garantiza que el acceso al agua no dependa de convenios complejos, sino de un mandato legal con foco social.
- Fiscalización preventiva y proactiva: La SISS adquiere la facultad inédita de instruir obras específicas para evitar crisis de suministro antes de que ocurran, pasando de una fiscalización reactiva a una que protege la continuidad del servicio de forma anticipada.
- Nuevo estándar de sanciones: Se establece un régimen de multas más severo, donde la gravedad se mide por el impacto real en las personas -duración del corte y número de afectados-, asegurando que la sanción sea proporcional al daño causado.
- Justicia sanitaria eficiente: La unificación de reclamos en un procedimiento abreviado pone fin a la dilación de años en procesos judiciales, permitiendo que las resoluciones y sanciones sean oportunas y efectivas.
- Incentivo a la mejora operativa: A través de los Planes de Cumplimiento, se prioriza que las empresas inviertan en mejorar su servicio y reparar deficiencias por sobre la mera recaudación de la multa.
Eficiencia judicial y acceso habitacional
Una de las innovaciones relevantes es la introducción de los planes de cumplimiento, que permiten a las empresas presentar acciones correctivas e inversiones para ajustarse a la norma tras la formulación de cargos. Si la SISS los aprueba, el proceso sancionatorio se suspende, priorizando la mejora del servicio por sobre la recaudación, siempre que no se trate de faltas gravísimas.
En materia de expansión, la reforma establece la ampliación obligatoria del territorio operacional en una franja de 200 metros adyacente a la concesión actual. Esta medida busca otorgar factibilidad inmediata a viviendas existentes y a proyectos de interés público bajo la Ley 21.450. Para resguardar la sostenibilidad del sistema, estas factibilidades no podrán superar el 5% de la demanda máxima diaria definida en el programa de desarrollo de la empresa.
«Estamos eliminando una barrera histórica para la vivienda social. Antes, los proyectos fuera del límite operacional quedaban atrapados en convenios de largo aliento. Hoy, la ley garantiza que el crecimiento de la ciudad sea acompañado por la infraestructura sanitaria de manera mandatoria», concluyó el superintendente.
Otros cambios relevantes
Prescripción: Se reduce el plazo de responsabilidad por infracciones de 4 a 3 años.
Administración Provisional: La SISS podrá designar un administrador antes de declararse la caducidad de una concesión si el concesionario se allana, asegurando la continuidad del suministro.
Criterios de Multa: Se definen atenuantes como la autodenuncia y la reparación inmediata, y agravantes como la reincidencia en un periodo de 36 meses, entre otras, además de un conjunto de criterios que permitirán establecer el monto específico de la sanción a aplicar en cada caso.